Herencias y donaciones

Te acompañamos en un momento delicado: reunimos la documentación, calculamos los impuestos y hacemos todos los trámites para que no tengas que preocuparte de los plazos.

¿Te suena alguna de estas situaciones?

  • Ha fallecido un familiar y no sabes qué hay que hacer ni en qué orden.
  • Te preocupan los plazos del Impuesto sobre Sucesiones y de la plusvalía.
  • Quieres donar una vivienda o dinero a tus hijos y no sabes cuánto costará.
  • Los herederos queréis repartir o vender un inmueble heredado.

Lo que hacemos en una herencia

  • Certificados de defunción, últimas voluntades y seguros de vida.
  • Inventario y valoración de bienes y deudas.
  • Coordinación con la notaría para la escritura de aceptación y adjudicación.
  • Impuesto sobre Sucesiones con las reducciones y bonificaciones que correspondan.
  • Plusvalía municipal de los inmuebles heredados.
  • Cambio de titularidad en el Registro de la Propiedad, el Catastro, los bancos y los suministros.

Plazos que conviene conocer

El Impuesto sobre Sucesiones se presenta en los seis meses siguientes al fallecimiento, y puede pedirse una prórroga de otros seis meses si se solicita en los cinco primeros. En la Comunidad de Madrid, cónyuges, hijos y padres disfrutan de una bonificación del 99 % de la cuota. Te explicamos todos los pasos en esta guía.

Donaciones en vida

Donar un inmueble o dinero puede tener consecuencias para quien dona (ganancia patrimonial en la renta y plusvalía municipal) y para quien recibe (Impuesto sobre Donaciones). Lo calculamos antes de firmar para que elijas la mejor fórmula.

Así trabajamos

  1. Nos cuentas tu caso por correo, con el formulario o en una cita en persona o por videollamada.
  2. Te damos una propuesta clara: qué vamos a hacer, qué necesitamos de ti y cuánto cuesta.
  3. Nos ocupamos de todo: plazos, declaraciones y trámites, con aviso previo de lo que vas a pagar.
  4. Estamos disponibles durante todo el año, no solo en campaña.

Atendemos a clientes de toda la Comunidad de Madrid, en persona con cita previa o a distancia, y online en el resto de España: presentamos tus declaraciones de forma telemática y puedes enviarnos la documentación sin desplazarte.

Preguntas frecuentes

¿Hay que pagar mucho por heredar en Madrid?

Para cónyuges, hijos y padres la cuota del Impuesto sobre Sucesiones tiene una bonificación del 99 % en la Comunidad de Madrid. Aun así, puede haber que pagar la plusvalía municipal y los gastos de notaría y registro.

¿Qué pasa si se pasa el plazo?

Se puede presentar fuera de plazo, pero con recargos que aumentan con el retraso. Por eso conviene empezar cuanto antes.

¿Se puede renunciar a una herencia con deudas?

Sí. También se puede aceptar a beneficio de inventario, de forma que las deudas solo se pagan con los bienes de la herencia. Te ayudamos a valorar qué opción es mejor.

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