¿Te suena alguna de estas situaciones?
- Vas a darte de alta y no sabes en qué epígrafe, ni si te conviene estimación directa o módulos.
- Cada trimestre te pilla el plazo del IVA y del IRPF con las facturas sin ordenar.
- No tienes claro qué gastos puedes deducir y cuáles no.
- Te ha llegado una carta de Hacienda y no sabes qué contestar.
- Te preocupa cómo te afectará Verifactu y qué programa de facturación necesitas.
Qué hacemos por ti
- Alta y cambios en Hacienda y en la Seguridad Social (modelo 036/037, RETA, epígrafes del IAE).
- Impuestos trimestrales: IVA (modelo 303), pago fraccionado del IRPF (modelo 130) y retenciones de alquileres o trabajadores (modelos 115 y 111).
- Resúmenes anuales: modelos 390, 190, 180 y 347.
- Libros registro de ingresos, gastos y bienes de inversión.
- Declaración de la renta con tu actividad, y la de tu familia si lo necesitas.
- Atención de requerimientos y notificaciones de la Agencia Tributaria.
Un asesor que te avisa antes, no después
Antes de cada trimestre te recordamos qué necesitamos y te avisamos de cuánto vas a pagar, para que no haya sorpresas. Si vemos que te conviene cambiar algo (un gasto que no estás deduciendo, una retención mal aplicada o el momento de pasar a sociedad), te lo decimos.
Verifactu: preparados para 2027
Según el calendario vigente, los autónomos que facturen con un programa informático tendrán que usar un sistema adaptado a Verifactu a partir del 1 de julio de 2027 (las sociedades, desde el 1 de enero de 2027). Te ayudamos a elegir la herramienta y a organizar tu facturación para llegar sin prisas. Lo contamos en detalle en este artículo.
Así trabajamos
- Nos cuentas tu caso por correo, con el formulario o en una cita en persona o por videollamada.
- Te damos una propuesta clara: qué vamos a hacer, qué necesitamos de ti y cuánto cuesta.
- Nos ocupamos de todo: plazos, declaraciones y trámites, con aviso previo de lo que vas a pagar.
- Estamos disponibles durante todo el año, no solo en campaña.
Atendemos a clientes de toda la Comunidad de Madrid, en persona con cita previa o a distancia, y online en el resto de España: presentamos tus declaraciones de forma telemática y puedes enviarnos la documentación sin desplazarte.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se presentan los impuestos trimestrales?
Del 1 al 20 de abril, julio y octubre para el primer, segundo y tercer trimestre. Los del cuarto trimestre se presentan en enero: del 1 al 20 las retenciones y hasta el 30 el IVA y el pago fraccionado del IRPF.
¿Puedo deducirme los gastos del coche o de casa?
Depende del uso que hagas de ellos en tu actividad. Hay reglas concretas para vehículos, suministros de la vivienda en la que trabajas y dietas. Revisamos tu caso y aplicamos lo que permite la ley, sin riesgos.
¿Me conviene hacerme sociedad?
Suele empezar a compensar cuando el beneficio de la actividad es alto, pero influyen más cosas: la responsabilidad, los socios, los costes de gestión o si quieres reinvertir. Hacemos los números contigo antes de decidir.
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