Declaración de la renta e impuestos

Revisamos tu declaración partida a partida para aplicar todas las deducciones a las que tienes derecho, y te defendemos si Hacienda te pide explicaciones.

¿Te suena alguna de estas situaciones?

  • Firmas el borrador sin saber si está bien.
  • Tienes un piso alquilado y no sabes qué gastos desgravar.
  • Has vendido acciones, fondos o criptomonedas este año.
  • Te ha llegado una propuesta de liquidación o un requerimiento.

Impuestos que gestionamos

  • IRPF: declaración de la renta individual o conjunta, con deducciones estatales y autonómicas.
  • Alquileres: rendimientos del capital inmobiliario, gastos deducibles y reducciones por alquiler de vivienda.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales: venta de inmuebles, acciones, fondos o criptoactivos.
  • Impuesto sobre el Patrimonio e informativas de bienes en el extranjero (modelo 720).
  • Impuesto sobre la Renta de No Residentes (modelo 210).
  • Requerimientos, recursos y aplazamientos ante la Agencia Tributaria.

Revisamos, no solo presentamos

El borrador de Hacienda no siempre recoge todo: deducciones autonómicas, gastos de alquiler, cambios familiares o pérdidas de años anteriores que se pueden compensar. Lo revisamos contigo y te explicamos el resultado antes de presentarlo.

Así trabajamos

  1. Nos cuentas tu caso por correo, con el formulario o en una cita en persona o por videollamada.
  2. Te damos una propuesta clara: qué vamos a hacer, qué necesitamos de ti y cuánto cuesta.
  3. Nos ocupamos de todo: plazos, declaraciones y trámites, con aviso previo de lo que vas a pagar.
  4. Estamos disponibles durante todo el año, no solo en campaña.

Atendemos a clientes de toda la Comunidad de Madrid, en persona con cita previa o a distancia, y online en el resto de España: presentamos tus declaraciones de forma telemática y puedes enviarnos la documentación sin desplazarte.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es la campaña de la renta?

Normalmente de principios de abril al 30 de junio. Si sale a pagar y quieres domiciliar el pago, el plazo termina unos días antes.

¿Puedo corregir una renta ya presentada?

Sí. Si te equivocaste a tu favor se presenta una declaración complementaria; si pagaste de más, se solicita la rectificación para que Hacienda te devuelva la diferencia.

¿Qué documentación necesitáis?

Tus datos fiscales, los certificados de ingresos, los recibos de gastos deducibles (alquiler, hipoteca, donativos…) y cualquier operación especial del año. Te enviamos una lista personalizada.

Artículos relacionados

También te puede interesar

Fiscalidad de compraventas de inmuebles

Impuestos al comprar o vender una vivienda: ITP, IVA, plusvalía municipal y ganancia patrimonial.

Herencias y donaciones

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, plusvalías y reparto de bienes, con todos los trámites.

Asesoría para autónomos

Alta, IVA, IRPF trimestral, renta y contabilidad. Tú facturas, nosotros nos ocupamos de Hacienda.

WhatsApp