Comunidades de bienes y sociedades civiles

Si compartes negocio o un inmueble en alquiler con otras personas, te ayudamos a montarlo bien y a cumplir con Hacienda sin que nadie pague de más.

¿Te suena alguna de estas situaciones?

  • Vais a abrir un negocio entre varios y no sabéis qué forma jurídica elegir.
  • Tenéis un local o una vivienda en alquiler entre hermanos tras una herencia.
  • No sabéis cómo se reparten los rendimientos en la renta de cada comunero.
  • Os llega el plazo del modelo 184 y nunca lo habéis presentado.

Cómo tributa una comunidad de bienes

La comunidad de bienes no paga impuesto sobre la renta por sí misma: sus rendimientos se atribuyen a cada comunero según su participación y cada uno los declara en su IRPF. La comunidad sí presenta el IVA, las retenciones si las hay y, cada enero, la declaración informativa del modelo 184.

Lo que hacemos

  • Contrato de constitución y alta en Hacienda (CIF de la comunidad).
  • IVA, retenciones y libros de la comunidad.
  • Modelo 184 y certificados para que cada comunero haga su renta.
  • Revisión de si os conviene seguir como comunidad o pasar a sociedad.

Así trabajamos

  1. Nos cuentas tu caso por correo, con el formulario o en una cita en persona o por videollamada.
  2. Te damos una propuesta clara: qué vamos a hacer, qué necesitamos de ti y cuánto cuesta.
  3. Nos ocupamos de todo: plazos, declaraciones y trámites, con aviso previo de lo que vas a pagar.
  4. Estamos disponibles durante todo el año, no solo en campaña.

Atendemos a clientes de toda la Comunidad de Madrid, en persona con cita previa o a distancia, y online en el resto de España: presentamos tus declaraciones de forma telemática y puedes enviarnos la documentación sin desplazarte.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta el modelo 184?

Durante el mes de enero, con la información del año anterior.

¿Una herencia de un piso alquilado es una comunidad de bienes?

Cuando varios herederos comparten un inmueble en alquiler, lo habitual es tributar en régimen de atribución de rentas, con sus obligaciones propias. Revisamos vuestro caso para hacerlo correctamente.

¿Comunidad de bienes o sociedad limitada?

La comunidad es más sencilla y barata de mantener, pero los comuneros responden con su patrimonio. Comparamos las dos opciones con vuestros números.

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